#1340
Operaciones vinculadas: noviembre es el mes clave para informar a Hacienda
Cada noviembre vuelve una cita que muchos olvidan: la presentación del modelo 232. Un trámite sencillo que puede evitar sanciones y demostrar que tu empresa cumple. Operaciones entre empresas del mismo grupo, préstamos entre socios, ventas a familiares… Si te suenan, es probable que estés obligado a presentarlo.
Cada año, cuando se acerca noviembre, muchos empresarios se centran en cerrar trimestre, ajustar números o preparar la campaña de Navidad. Pero entre esas tareas que parecen menores, hay una que no conviene dejar pasar: la presentación del modelo 232.
No se trata de pagar más impuestos. Es, más bien, una declaración informativa. Una manera de decirle a Hacienda: «sí, hacemos las cosas bien, aquí están las operaciones con nuestras empresas del grupo, con los socios o con sus familiares, y están valoradas a precio de mercado«.
Parece un trámite sencillo, y lo es. Pero no hacerlo o hacerlo tarde puede acarrear sanciones innecesarias, y, sobre todo, dar pie a que la Agencia Tributaria ponga la lupa donde no toca.
¿Qué operaciones hay que declarar?
Si tu empresa ha vendido, comprado o prestado servicios a otra sociedad del grupo, a un socio que tenga al menos el 25 % del capital o incluso a familiares de ese socio hasta el tercer grado, Hacienda lo considera una operación vinculada.
Y cuando esas operaciones superan ciertos importes, hay que informarlas mediante el modelo 232.
Por ejemplo:
- Si el total con una misma persona o entidad vinculada supera 250.000 euros en el año.
- Si has hecho operaciones «especiales» -como vender participaciones, inmuebles o intangibles- que, en conjunto, superen 100.000 euros.
- O si el total de operaciones del mismo tipo representa más del 50 % de la facturación anual de la empresa.
Además, hay que declarar cualquier operación con países o territorios considerados paraísos fiscales, sin importar la cantidad.
¿Cuándo hay que presentarlo?
El modelo 232 se presenta en noviembre, siempre que el ejercicio coincida con el año natural.
En concreto, el plazo va del 1 al 30 de noviembre. Y se hace de forma telemática, igual que la declaración del Impuesto sobre Sociedades.
¿Y si mi empresa es pequeña?
Si eres una empresa de reducida dimensión, puedes cubrir parte de esta obligación con el Formulario de Operaciones Vinculadas (FOV) al presentar el Impuesto sobre Sociedades.
Aun así, si superas los límites anteriores, también tendrás que presentar el modelo 232 en noviembre.
¿Por qué importa tanto?
Porque más allá del trámite, el modelo 232 refleja transparencia. Es la forma en que una empresa demuestra que valora sus operaciones internas de forma justa, que no manipula precios ni oculta beneficios. Y, sobre todo, que tiene las cuentas en orden.
Cada año vemos empresas que llegan a última hora, sin saber si están obligadas, y terminan presentando fuera de plazo. Evitarlo es tan simple como revisar las operaciones con tu asesor y dejarlo preparado con antelación.
Lo que no debe olvidar…
- Plazo: del 1 al 30 de noviembre.
- Importes: revisa si superas los 250.000 € o los 100.000 € en operaciones específicas.
- Atención con los préstamos, alquileres o servicios entre empresas del grupo.
- No presentar puede costar dinero (las sanciones pueden alcanzar los 20.000 €).
No esperes al último día. En nuestro despacho ya estamos revisando los casos de cada cliente para comprobar si existe obligación de presentar el modelo 232 y preparar toda la información necesaria.
Si tu empresa pertenece a un grupo, trabaja con socios o familiares, o ha hecho operaciones entre compañías relacionadas, consúltanos antes del 15 de noviembre. Una conversación de diez minutos puede ahorrarte una sanción o, al menos, un buen susto.
Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaración que puedan tener al respecto.
Un cordial saludo,