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Cataluña: Ayuda para trabajadores autónomos afectados económicamente por el coronavirus

La Conselleria de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias de la Generalitat dedicará 7,5 millones de euros a los trabajadores autónomos –personas físicas–, con ayudas de hasta 2.000 euros, si acreditan una reducción drástica e involuntaria de su facturación por la crisis provocada por el coronavirus, que su actividad es una de las que las autoridades sanitarias han decretado que tienen que parar y que no disponen de otras fuentes de ingresos alternativos

El Departament de Treball, Afers Socials i Famílies establirà un ajut, en forma de prestació econòmica, de fins a 2.000 euros per a les persones treballadores autònomes -persona física-, que acreditin una reducció dràstica i involuntària de la seva facturació com a conseqüència dels efectes del coronavirus en la seva activitat econòmica, i sempre que figurin d’alta en activitats de les que les autoritats sanitàries han decretat el tancament i no disposin d’altres fonts alternatives d’ingressos.

Aquest ajut compta amb un pressupost de 7,5 milions d’euros i preveu beneficiar d’unes 4.500 persones treballadores autònomes.

Per accedir a aquest ajut, les persones treballadores autònomes – persona física- hauran d’estar donades d’alta al règim especial de treballadors autònoms de la Seguretat Social (RETA), i amb domicili fiscal a Catalunya.

L’accés a l’ajut s’aconsegueix mitjançant l’acreditació de pèrdues econòmiques en el mes de març de 2020 en comparació amb el mateix mes de març de 2019.

En el cas de les persones treballadores autònomes amb una antiguitat al RETA inferior a un any, la comparació es farà amb la mitjana de la facturació  mensual des de l’alta al RETA.

El Departament atorgarà aquest ajut pel procediment de concurrència competitiva fins a l’exhauriment de la partida pressupostària que s’hi destini, i serà incompatible amb qualsevol altre ajut destinat a la mateixa finalitat.

Ayudas/financiación

En el ámbito de Cataluña la Generalitat está trabajando conjuntamente con el Instituto Catalán de Finanzas (ICF) para ofrecer a las empresas préstamos para cubrir los necesidades de circulante de las empresas como causa del Coronavirus. Son Préstamos destinados en su mayoría a PYMES Y AUTÓNOMOS.

Estos créditos del IFC, será una línea de Préstamos de 1.000 millones de euros, que se abre con el aval del ICF y la empresa Avalis (quien asumirá el 75 por ciento del riesgo).

Actualmente se está trabajando en el formato de los Préstamos, aún que se puede adelantar de forma provisional los importes:

  1. a) MÁXIMO 2,5 M € por empresas destinatarios a PYMES y Autónomos.
  2. b) Circulante (facturas, nominis)
  3. c) Interés Máximo Euribor + 2,5 + COSTE DE AVALIS (aproximadamente 1%)
  4. d) avalados por la administración (ICF)
  5. e) Es piden directamente a las entidades financieras con Establecimiento en Cataluña
  6. f) Plazo de DEVOLUCIÓN. Máximo 4 años con 1 año de carencia
  7. g) Fecha de apertura? Pendiente de cerrar ICF + entidades financieras.
  8. h) afectará Todos los sectores Menos al inmobiliario

Por la información de que disponemos hasta el momento creemos será efectivo a unos 10 días.

A nivel estatal el Instituto de Crédito Oficial (ICO) actualmente ha estado instruido por el Real Decreto Ley 7/2020 por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto del Covid-19, para ampliar hasta 400 millones de euros, la línea de financiación a mente afectados por la insolvencia de Thomas Cook, a todas las empresas y trabajadores autónomos con domicilio social en España encuadrados en el sector turístico acordar con la Definición de actividades que se recoge en la disposición adicional primera del citado RDL.

A lo largo de esta semana el ICO ampliará la información correspondiente.

PYMES y Autónomos

Medidas para el pago de impuestos

Aplazamientos de pago de impuesto devengados a partir del 13 de marzo de 2020 por lo que se pueden aplazar todos los impuestos del primer trimestre para evitar posibles tensiones en tesorería que puedan experimentar diferentes colectivos el Estado propone una flexibilización en materia de aplazamientos, concediendo durante seis meses esta facilidad de pago de impuestos a PYMES y autónomos previa solicitud, en unos términos equivalentes a una carencia de tres meses.

Se concederá el aplazamiento del ingreso de la deuda tributaria correspondiente a todas aquellas declaraciones-liquidaciones y autoliquidaciones cuyo plazo de presentación e ingreso finalice desde la fecha de entrada en vigor Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo (13/03/2020)  y hasta el día 30 de mayo de 2020, ambos inclusive.

Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaración que puedan tener al respecto.

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