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¿SE PUEDE SOLICITAR EL EMBARGO DE LA CAJA DIARIA RECAUDADA DE UN ESTABLECIMIENTO ABIERTO AL PÚBLICO?

En caso de que haya reclamado judicialmente una factura impagada, y no haya ha podido cobrar todavía, porque el deudor no tiene saldo en sus cuentas, ni inmuebles, etc., tenga presente que el acreedor puede solicitar al Juzgado que embargue la caja diaria recaudada  del establecimiento abierto al público que tenga el deudor.

A la hora de ejecutar una sentencia favorable en un procedimiento de reclamación de cantidad, como consecuencia de haber presentado una demanda por impago de una factura, los acreedores se pueden encontrar con el problema de que aún no han podido cobrar, ya que el deudor no tiene saldo en sus cuentas, ni inmuebles, etc.  Pero hay veces en la que el deudor cuenta con un establecimiento abierto al público y plenamente operativo (como por ejemplo, una frutería, un bar, una tienda de ropa, etc.).

Embargo de la caja diaria

Pues bien, estos casos en el que el deudor tiene un establecimiento abierto al público, aún le queda otra oportunidad, como es la posibilidad de solicitar al Juzgado que embargue la caja diaria recaudada de ese comercio, ya que la Ley permite el embargo de rendimientos, frutos o rentas de actividades económicas.

En estos casos, el funcionario judicial se presentará en el establecimiento del deudor, sin previo aviso, y solicitará la apertura de la caja registradora, levantando un acta en la que contabilizará las cantidades encontradas, las cuales quedarán en poder del Juzgado para entregárselas después al acreedor.

Tenga presente esta posibilidad de embargo, y trate de cobrar sus deudas.

Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaración que puedan tener al respecto.

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